viernes, 6 de noviembre de 2009

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

  • ¿Qué entendiste del artículo?

Entendí que tenemos el derecho a ser todos iguales ante la ley, a ser oídos publicamente cuando queramos. Que todos tienen derecho a ser oídos ante un tribunal con justicia e imparcialidad para la determinacion de derechos y obligaciones o por alguna acusación.

  • ¿Cuál es su finalidad?
Su finalidad es que las autoridades y los tribunales sean justos y que escuchen públicamente las cosas que las personas quieren decir para defenderse. Todo esto para formar una sociedad ideal.

  • ¿Cómo se aplica en la vida diaria?

Si tu eres miembro de alguna autoridad de la ley o si eres el juez, no dejandote sobornar por nadie y tratando a todos por igual. Si tu eres la persona acusada, etc. exigiendo una audiencia y el derecho de hablar publicamente para defenderte sin que el tribunal tenga alguna preferencia.

  • ¿Qué valor o valores encontramos?

La exigencia de tus derechos, la honestidad, la imparcialidad y la justicia.

Autor: Paolo Roncallo N°26

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